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martes, 27 de diciembre de 2011

MAMALLAYKMAMA

 FINALIZAMOS EL AÑO, Y EMPEZAMOS  UN NUEVO CARGADO DE ESPERANZAS PARA MUCHOS, PREUCUPACION   Y  DOLOR  DE  CABEZA  PARA LAS AUTORIDADES QUE NO CUMPLIERON   LA   MISION   QUE   EL  PUEBLO   LES   ENCOMENDO,   MUCHOS   POR INCAPACIDAD Y OTROS POR SOBERBIA.

POR: Jaime Borda Q.

Ahora pues Aurora, dice el dicho, cuando llega el momento de rendir cuenta de algún acto o mandato encomendado por el Pueblo  a las Autoridades, que son elegidos democráticamente a nivel nacional tanto Alcaldes y Regidores como también Gobiernos Regionales y Concejeros,   de acuerdo con la Ley Nº 26300  LEY DE DE LOS DERECHOS Y PARTICIPACION CIUDADANA, que, en su Art. 3º menciona que son derechos del control de los  ciudadanos los siguientes:
a).- Revocatoria de las Autoridades.
b).- Remoción de Autoridades.
c).- Demanda de Rendición de cuentas.
d).- Otros mecanismo establecido por ley para los Gobiernos Municipales y Regionales.






Así mismo, esta Ley hace mención en su Art. 20º  Que, la Revocatoria es el derecho que tiene la ciudadanía para destituir de sus cargos a:
a).- Alcaldes y  Regidores.
b).- Presidentes Regionales, Vice Presidentes Regionales y concejeros regionales.
c).- Jueces de Paz que provengan de Elección Popular.
Dando estricto cumplimiento al mandato del contenido de esta ley, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE comunica al Público en General, que, la Venta de Kits Electorales para la consulta de revocatoria de mandato de Autoridades Regionales y Municipales 2012 estarán  disponibles a partir del 02 de Enero del 2012, en sus 19 Oficinas Regionales de Coordinación ORC y en la sede Central de Lima  teniendo en cuenta que la revocatoria no procede en el Primer ni en el último año de mandato, así mismo hace mención  que cualquier ciudadano su fragante en su jurisdicción puede solicitar la compra de Kits portando su DNI y previo pago de S/ 79.13 mencionando la razón por lo que se pide la revocatoria sin necesidad de ser probado, seguidamente  hace referencia sobre la restricción de venta de Kits para una determinada circunscripción, más bien hace extensivo tomando en cuenta los derechos de los ciudadanos, lo que quiere decir que para un mismo distrito o provincia puede comprar el Kits más de una Persona pero con distintos posibilidades en su  solicitud. Finalmente habría que agregar al informe de ONPE las disposiciones y calendarización del Jurado  Nacional de Elecciones JNE con respecto a la evocatoria de Autoridades del año 2012 que son de la siguiente manera:
a).- presentación de la solicitud de revocatoria de Autoridades ante la ONPE, previamente haber sido verificado las firmas y huellas de la planilla de adherentes en RENIEC. Hasta el 25 de Mayo del 2012
b).- Convocatoria a consulta popular de REVOCATORIA de Autoridades, 31 de Mayo del 2012.
c).- Consulta Popular de REVOCATORIA. 30 de Setiembre de3l 2012.









Como es de saber la consulta popular  de Revocatoria de Autoridades es un derecho que nos otorga la ley, para evaluar y decidir  si las Autoridades permanecen en sus Cargos o de lo contrario  deja el cargo  para lo  que ha sido elegido en contienda popular con todo los derecho y los deberes que se ameritan, y sin ánimo de revanchismo como algunos Autoridades denominan a este proceso, para disimular el poco acierto que tuvo durante el año de gestión frente al Concejo Municipal o en el Gobierno Regional dota vez que dan grito al cielo cada vez que se habla de revocatoria, de lo contrario la revocatoria puede ser para las Autoridades un reto por lo que se trata de medir su trabajo realizado frente al cargo que ostenta, el problema viene cuando la Autoridad no realizo un buen trabajo durante el año y que solo tendría fama de corrupto entonces la revocatoria le va a ser incomodo, así como también los que promueven porque siente que no tendría el respaldo del pueblo. Lo que tienen que entender las Autoridades si no REALIZO un buen trabajo o todo lo que prometió en su campaña, no es culpa del pueblo o de los promotores de revocatoria más bien la culpa lo tienen ellos por haber defraudado  la confianza del pueblo. Este derecho de revocatoria que nos otorga la ley caería de muy mal gusto a los ALCALDES.





En nuestra provincia de YAUYOS encabezado por su Alcalde provincial DIOMIDES DIONISIO INGA y los 33 Alcaldes de los diferentes Distritos en especial de la ZONA SUR GRANDE como es los distritos de Chocos, Huangascar, Madeán, Azángaro y Viñac y en todo el País entero tanto Alcaldes, regidores  como Presidentes Regionales y concejeros.       

1 comentario:

Anónimo dijo...

AYYYY JAIMITO HASTA CUANDO NO TE COMPONES, TU SABES COMO HA TRABAJADO TU YUNTA "CHITO" EN UN AÑO NADA HHIZO EN CONVINACION CON SUS RFEGIDORES SE ROBARON LA PLATA DEL PUEBLO Y UNO DE ESO ERES TU, CON QUE MORAL PUEDES HABLAR DE REVOCATORIA SI TU CUANDO FUISTE REGIDORE SOLO ESTAS POR COBRAR LOS 170,OOO.OO DE TU CHOZA QUE EL TEMBLOR LO TUMBO, SIN EMBARGO AHORA EL ACTUAL ALCALDE MACHI EN MENOS DE UN AÑO HA HECHO IMPORTANTES OBRAS EN EL PUEBLO Y SUS ANEXOS, PROXIMAMENTE SE ESTA DENUNCIANDO A CHITO Y TODO SUS REGIDORES CORRUPTOS Y LADRONES INCLUIDOS SUS TESOREROS Y TU PADRINO PIOJO BLANCO